El código penal de Guatemala, hace mención sobre que es el hurto en el Artículo 246. Hurto: Quien tomare, sin la debida autorización, cosa mueble, total o parcialmente ajena, será sancionado con prisión de 1 a 6 años.
Pero bien, en seguros el hurto propio
expresa el asegurar los bienes propios del aseguro, es decir cosas materiales
que posea de alto valor.
Estas pólizas son más comercializadas con actores y personas millonarios, pues podríamos hablar de un bolso marca, por ejemplo. La famosa marca, Judith Leiber Couture, de origen húngaro. En este bolso podremos ver la combinación de pieles, piedras preciosas, cristales y swarovski. Que hablamos de mas de $10, 000.00. acá podríamos hablar de joyas, relojes, zapatos, accesorios y prendas de vestir. Este seguro se basa en el análisis del riesgo moral, el asegurada debería hacer un desglose de lo que posee y el valor.
Además, deber haber una previa declaración
de los bienes, si es un regalo o si lo compro el asegurado.
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